lunes, 5 de mayo de 2008

Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad


El pasado 3 de mayo entró en vigor la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad Gracias a la ratificación por parte de Ecuador, que se produjo el 3 de abril de 2008, entraron en vigor tanto la Convención como el Protocolo facultativo, ya que éste requeria de 10 ratificaciones solamente.


La Resolución fue aprobada por la Asamblea General [A/RES/62/170], y un resumen de su contenido puede consultarse en el sitio web que la Organización de Naciones Unidas dedica a la Convención.


Las personas con discapacidad siguen estando entre las más marginadas de todas las poblaciones y una amplia gama de barreras físicas, jurídicas y sociales les impiden lograr su pleno potencial. Pero la convención podría indicar el camino para aprobar legislación con objeto de cambiar los conceptos del público sobre las personas con discapacidad en todos los aspectos, desde la construcción y el diseño cívico hasta el transporte, la educación, el empleo y el recreo.


“Sólo alrededor de 45 países cuentan con legislación referente a las personas con discapacidad”, dijo Thomas Schindlmayr, del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas. “Como resultado, las personas con discapacidad tienen menos probabilidades que otras de concurrir a la escuela o de tener un trabajo o la oportunidad de cumplir sus sueños o su potencial.”


Al ratificar la convención, y después que el tratado entra en vigor, los países aceptan sus obligaciones jurídicas y las incorporan a sus propios mecanismos jurídicos.Por ejemplo, la convención obligaría a los países a incluir gradualmente en la construcción de nuevos edificios características que tengan en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad, promover y mejorar el acceso a la educación y la información e introducir medidas que eliminaran las prácticas discriminatorias contra las personas con discapacidad.

La convención reconoce que los países necesitarán algún tiempo para aplicar plenamente las disposiciones de la convención.


La mayoría de las ratificaciones obtenidas hasta el momento y que permiten dicha entrada en vigor han procedido de países Iberoamericanos.


La lista países, en orden alfabético, que han ratificado la Convención es la siguiente:


Bangladesh: 30 de noviembre de 2007
Croacia: 15 de agosto de 2007
Cuba: 6 de septiembre de 2007
Ecuador: 3 de abril de 2008
El Salvador: 14 de diciembre de 2007
España: 3 de diciembre de 2007
Gabón: 1 de octubre de 2007
Guinea: 8 de febrero de 2008
Hungría: 20 de julio 2007
India: 1 de octubre de 2007
Jamaica: 30 de marzo de 2007
Jordania: 31 de marzo de 2008
México: 17 de diciembre de 2007
Namibia: 4 de diciembre de 2007
Nicaragua: 7 de diciembre de 2007
Panamá: 7 de agosto de 2007
Perú: 30 de enero de 2008
San Marino: 22 de febrero de 2008
Sudáfrica: 30 de noviembre de 2007
República Tunecina (Túnez): 2 de abril de 2008


Y la de países que han ratificado el Protocolo optativo:


Croacia: 15 de agosto de 2007
Ecuador: 3 de abril de 2008
El Salvador: 14 de diciembre de 2007
España: 3 de diciembre de 2007
Guinea: 8 de febrero de 2008
Hungría: 20 de julio de 2007
México: 17 de diciembre de 2007
Namibia: 4 de diciembre de 2007
Panamá: 7 de agosto de 2007
Perú: 30 de enero de 2008
San Marino: 22 de febrero de 2008
Sudáfrica: 30 de noviembre de 2007
República Tunecina (Túnez): 2 de abril de 2008



Esperemos que este logro que facilite la aplicación de los derechos de las personas con discapacidad en todo el mundo.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Me faltan nombres de "grandes" países en esa lista Luisa...¿acaso tienen el problema resuelto?...espero que ese sea el motivo.
Y también espero que esto sea un paso para la verdadera aplicación de sus derechos a las personas con discapacidad.

Anónimo dijo...

Yo también he echado de menos algún que otro "gran" nombre... si no es porque ya tengan el problema resulto, quizá deberían ir tomando ejemplo de otros países cuyos nombres resuenan menos.
Espero que esta convención sea un buen paso, y que cunda el ejemplo.
Besos.
Rosa.

Luisamiñana dijo...

Precisamente....
Es cierto que parece que la finalidad de la Convención es dar cobertura a esos derechos en países donde la legislación general y específica no exista. Pero de todas maneras, sería un buen ejemplo que los países desarrollados y en los que se supone que los derechos de todo el mundo están protegidos demostrasen su convencimiento al respecto ratificando el documento.
Estas normativas y declaraciones ya sabemos que a menudo son más intencionales que efectivas. Pero por lo menos, si existen, siempre puede haber un momento en que traerlas a colación.

ybris dijo...

No basta con ratificar.
Lo difícil es aplicarlo.
Ojalá nunca decaiga el esfuerzo.

Besos.